Al momento de tramitar la pensión por la ley 73, los factores clave que determinan la pensión que recibirás durante el retiro son tu edad, tu salario diario promedio de los últimos cinco años cotizados y tus semanas cotizadas. Como imaginarás, los valores que valen son los que tiene el instituto y no los que tú sabes (o crees) que tienes, por lo que confirmar que coincidan los suyos con los tuyos es importante para evitar sorpresas desagradables llegado el momento de que el instituto te entregue tu propuesta de pensión. Pero, ¿cómo confirmarlo? En realidad es sencillo si conoces el camino 😉
Confirmando tu edad
La edad es simplemente los años que tienes de vida, con la característica de que una vez alcanzados los 60 años cada vez que rebasas seis meses se considera para el cálculo de la pensión el año siguiente. Ejemplo: De tener al momento de realizar los trámites 62 años con seis meses y un día, se realizarían los cálculo considerándote de 63 años.
¿Por qué podría variar?
Por algún error en tu registro ante el IMSS. Si bien no es un error común (es mucho más frecuente que haya registros duplicados así como nombres, RFCs o CURPs erróneos) no está de más confirmarla.
¿Cómo confirmarla?
Tan sencillo como revisar tu Número de Seguridad Social (NSS). De los once dígitos que lo conforman, los dos primeros corresponden al número de oficina donde se te registró por primera vez, los siguientes dos dígitos al año en que se te inscribió por primera vez, los siguientes dos son tu año de nacimiento, los siguientes 4 son un número consecutivo asignado por el IMSS y el último es un dígito verificador. De esta manera vemos que dado el NSS 73896707284,
- Separamos el número en sus diferentes segmentos: 73-89-67-0728-4
- 73 es la oficina donde se registró al trabajador en 1989
- El trabajador nació en 1967
- El consecutivo asignado por el IMSS es 0728 y
- Y finalmente el dígito verificador 4
¿Y qué hacer con esto? Bien, compara el año de nacimiento de tu NSS (en este caso 89) con el que sabes que naciste, y si no es el mismo, hay que corregirlo.
¿Cómo corregirla?
En este caso tienes dos caminos:
- Acudir a tu subdelegación con una copia certificada de tu acta de nacimiento, identificación oficial con fotografía, CURP, Comprobante de domicilio, documento expedido por el IMSS que refleje tu NSS y el Formato Solicitud de Regularización y/o Corrección de Datos Personales del Asegurado (En todos los casos hay que llevar original y copia)
- A través del trámite digitalizado – es decir, dentro del portal web del IMSS – en el cual sólo te piden tu CURP y tu correo electrónico. Puedes llegar a él siguiendo esta liga.
Confirmando tus semanas cotizadas
Cada vez que tu patrón entrega al IMSS las cuotas obrero-patronales – es decir, lo que se te descuenta vía nómina más la parte que él aporta -, el instituto determina cuántas semanas trabajaste y las va acumulando, de manera que cada año completo trabajado representan 52 semanas, se requieren 500 semanas cuando menos para tener derecho a la pensión por la ley 73 (poco más de 9 años y medio), y el cálculo se basa en las 1560 semanas que representan 30 años de servicio.
¿Por qué podría variar?
El primer motivo es porque tengas más de un registro ante el IMSS, lo cual comúnmente se debe a errores en los datos capturados al momento de registrarte ante el instituto (Omisión de algún nombre, errores ortográficos, errores de captura, nombres o apellidos confusos). En estos casos tus semanas cotizadas se encuentran dispersadas entre los diferentes registros.
El segundo motivo tiene que ver con las semanas cotizadas antes de 1982. Los registros anteriores a este año no se encuentran en las bases de datos de los sistemas de cómputo del instituto, de manera que a menos que el trabajador lo solicite, esas semanas no son consideradas. (Nota: En el caso de los trabajadores eventuales de la construcción los registros se tienen a partir de 1986, y de todos los demás trabajadores eventuales a partir de 1997).
Existe un tercer motivo: que tu patrón no te haya dado de alta. Si continúas trabajando para él pídele que regularice tu situación, aunque con esto empezarás a acumular semanas a partir de que seas regularizado. Por el pasado hay poco que puedas hacer a menos que tengas toda la documentación para demandar ante el IMSS a tu patrón.
¿Cómo confirmarla?
La manera más sencilla es a través del Reporte de Semanas Cotizadas del Asegurado, el cual puedes solicitar gratuitamente al IMSS. Para ello requerirás de tu Número de Seguridad Social (NSS), tu CURP y una cuenta de correo electrónico.
¿Cómo corregirla?
En el caso de registros duplicados, necesitas acudir a la subdelegación del IMSS que te corresponda para solicitar la Unificación de Número de Seguridad Social, con lo cual el instituto te otorgará el Certificado de los Movimientos Afiliatorios (No olvides entregar este documento a tu Afore para que también ahí se unifiquen tus cuentas).
En cuanto a las semanas cotizadas antes de 1982, la única opción es acudir a la subdelegación que te corresponda llevando contigo algún documento oficial del IMSS donde se evidencie tu relación laboral siendo lo más solicitado las hojas rosas de alta o las amarillas de cambio de salario, adicionalmente a los recibos de nómina – que reflejen tu NSS – donde pueda confirmarse tu continuidad en la empresa a través del tiempo. Sin estos documentos es difícil conseguir algo.
Confirmando tu salario promedio de los últimos cinco años cotizados
Subrayo que no es de los últimos cinco años calendario, sino el promedio de los salarios que hayas tenido durante las últimas 260 semanas cotizadas independientemente de cuánto tiempo haya transcurrido para lograr acumularlas. Por ejemplo, supongamos una persona que trabajase un año sí y un año no. En este caso tendríamos que el periodo para conseguir las 260 semanas es de 9 años al alternarse un año de cotización con uno que no se cotizó.
¿Por qué podría variar?
Por un error al registrar tu salario ante el IMSS durante el proceso de alta o solicitud de cambio de salario (ambos tramitados por tu patrón), o nuevamente porque tu patrón no te hubiese dado de alta cuando tu creías que sí lo había hecho, o que te haya registrado con un salario distinto al que realmente te paga.
¿Cómo confirmarla?
En este caso no existe un reporte como tal que podamos descargar, siendo necesario acudir a la subdelegación que te corresponda o bien solicitarlo a través de su página de contacto. En lo personal me gusta el Chat ya que no es necesario estar horas al teléfono siendo el personal muy amable, aunque sí debes estar al pendiente de responder conforme te atienden, ya que si tardas demasiado (algo menos de un minuto) dan por entendido que se cayó tu sesión de Internet y terminan la asesoría.
Otra posible opción es el Reporte de Semanas Cotizadas del Asegurado que vimos en anteriormente. Sin embargo este reporte refleja únicamente la información de los cinco patrones más recientes, de manera que si tuviste muchos cambios de empleo o varios patrones al mismo tiempo, la información desplegada no es suficiente para confirmar que el histórico registrado sea el correcto.
Una vez que tengas el reporte coteja los cambios salariales ahí presentados con tus recibos de nómina. Ahora bien, el salario que se reporta al IMSS es el Salario Diario Integrado (SDI) y no el sueldo que te paga tu patrón por un día de trabajo (El SDI es tu sueldo más la parte proporcional del aguinaldo y de tu prima vacacional, por lo que en todos los casos es más alto que tu sueldo). Si en tu recibo de nómina no aparece tu SDI tendrás que solicitarlo a tu patrón.
¿Cómo corregirla?
Nuevamente se requiere de evidencia documental, que en este caso son los recibos de nómina que tu patrón (o tus patrones) te hayan entregado a través del tiempo en el cual debe aparecer tu NSS y el SDI. Con esta documentación acude a tu subdelegación, no olvidando llevar un documento expedido por el IMSS que refleje tu NSS.
¡Éxito!
Referencias
- Regularización y/o corrección de tus datos personales en el IMSS – Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
- Reporte de Semanas Cotizadas del Asegurado – IMSS
- Portal de Contacto Ciudadano – IMSS
- Imagen: DAC Jurídica; Portal del IMSS
Etiquetas: pension, salario promedio, semanas cotizadas, trámites.
¡Qué magnífica explicación! ¡Muchísimas gracias!
Hola, buenas tardes tengo una duda, me pensionaran por invalidez, cuanto cobraría de pensión si tengo 54 años, 730 semanas cotizadas, un salario de 450 pesos diarios ante el imss, y al cuanto por ciento me darían, por su atención gracias saludos.
Muy buena explicacion como siempre, gracias de nuevo por la orientacion. Saludos !!
hola, deberia hacer un post dedicado a las personas que no saben nada de impuestos en mi caso no se como se declara mensualmente, gastos y facturas que hago a mis clientes y cosas que compro, con su redaccion deberia hablar de este tema por favor 😀
hola Mauricio… el SDI calculado tiene tope?
lo pregunto porque de entrada veo un SDI en mi IMSS muy diferente al SDI estipulado en mis recibos.
buenas noches mauricio . la compania donde trabajaba quebro hace 5 años , no tengo atencion del
seguro social por falta de recursos .,mi pregunta es si tuviera una enfermedad incapacitante como logro que me valoren si no tengo la atencion medica desde que nuestra cia dejo de pagar y el imss nos dio de baja . gracias de antemano por su atencion .
que se puede hacer, si a mi parecer calcularon mal el salario promedio en una pension temporal de invalidez, esta termina el 9 de feb y daran la definitiva, sera el mismo salario o se puede corregir
EN CASO DE NO COINCIDIR LAS SEMANAS LABORADAS (COTIZADAS ),CONQUE DOCUMENTOS SE PUEDE COMPROBAR EL HABERLAS LABORADO, ESTAS SEMANAS QUE NO APARECEN , EN EL REGISTRO DE EL IMSS.
Buenos días, estoy en la modalidad 40, cuando fui a darme de alta, me dijeron que me quedaba pagando correspondiendo a mi último sueldo, y que si en dado caso quería aumentar mis pagos, con dejar de pagar dos meses era suficiente.
Quería saber si es cierto o tengo que ir al IMSS
En caso de pensión por cesantía a los 60 años bajo la Ley 73 ¿Qué cuentas son susceptibles de recuperar inmediatamente de la AFORE? y ¿Las que no se pueda, se recuperan a los 65 años?
Otra y abusando. La ley del 73 contempla el pago de aguinaldo ¿Está incluido en la calculadora?
Gracias y saludos
Buenas noches, abusando un poco de su buena voluntad para ayudarnos a comprender nuestras dudas sobre nuestra pension, me atrevo a preguntale lo siguiente: tengo 59 años 11 meses y tengo 1459 semanas cotizada, en Noviembre del 2015 me dieron de baja en mi trabajo y comensè a cotizar en modalidad 40 con el salario maximo, pienso pagar hasta Junio, darme de baja y comensar a tramitar mi pension, ahora bien quisiera saber si me tomaràn en cuenta los 7 meses que paguè en modalidad 40, cabe mensionar que mi salario diario en mi trabajo era de $ 310.54 pesos
Hola, quisiera saber como se calcula el salario promedio de las útlimas 250 semanas de cotización. Se suma el salario de cada año y luego se divide entre 5? o se suman los diferentes salarios que se hayan tenido en las últimas 250 semanas. No me queda claro
De antemano le agradezco por su pronta respuesta, espero que siga teniendo mucho exito en su portal, gracias.
buenas tardes, tengo una duda sobre las semanas cotizadas, yo empece a laborar desde 1975, en este articulo de las sem. cotizadas le entiendo que de el 82 para atras no se estan tomando en cuenta dichas semanas o si estan incluidas en el rep de sem cot?, y por otro lado como calculo la base de lo que ganaba de esas 250 semanas? ya que por mes lo tengo claro, pero por semana?, se divide el salario entre 4??. le agradezco la atencion a este correo ya que yo como otras personas estoy en visperas de pensionarme. por su apoyo GRACIAS
Buenas noches.
Proximamente iniciare mis tramites para pensionarme por la ley del 73.
Goce de crédito INFONAVIT, lo terminé de pagar en 1988, en mi subcuenta de vivienda hay una cantidad en fondo, ¿la puedo reclamar a infonavit a mi retiro? ¿o que pasa con esas aportaciones?
Gracias..
Hola Mauricio. Tengo una duda. Tengo casi 52 años y trabajé cerca de 19 años cotizando para el IMSS, ahora trabajo en la educación y cotizo para el ISSSTE. Puedo aprovechar la modalidad 40?, se pueden unificar las cuentas?. Si es así como se puede hacer?.
Felicidades por tu gran aportación y apoyo.
Hola Sr Priego
Ya meti mis papeles en la clinica para pensionarme en 11 dias habiles tengo que ir a ver como va el proceso. Mi pregunta es en que momento tienen ellos las semanas cotizadas y si ellos las piden y si yo no estoy de acuerdo que pasa o como es el proceso.
Tambien en dado momento cuando hablen para firmar pension ley 73 si no estoy de acuerdo con el monto y no firmo en ese momento que pasaria yo estuve 5 a;os modalidad 40.
Y tambien tengo 65 a;os cumplidos de lo que me vayan a dar de afore hacen algun descuento isr.
Gracias mil
Sr. Priego, en algún comentario leí sobre una cooperativa, para la alta como empleado para seguir cotizando al IMMS, te agradecería de ser posible el dato.
Gracias.
Buena dias si ya tengo una pensión por accidente de trabajo del 40% tengo 47 años de edad que pasa cuando llegue a la edad de 65 años me pagarían las dos pensiones muchas gracias por su atencion
Muchisimas gracias por sus aportaciones, son excelentes y de gran ayuda
Para pedirle de favor la información de la cooperativa que pueda apoyarme en registrarme al IMSS, soy independiente y me interesa continuar mi vigencia.
agradezco su apoyo y mil felicitaciones
Hola buenos días-
Tengo mas e 1500 semanas cotizadas, de esas cotice x 12 años con magnífico salario y los últimos 3 años con salario mínimo por que así le convenía a mi patrón. dejé de trabajar x 10 años y ahora voy a cotizar en mi nuevo trabajo, para poder jubilarme.
Tengo 62 años de edad, cómo puedo hacer para eliminar esos 3 años de salario mínimo ?
Le agradezco infinitamente su consejo.
Saludos
Mauricio:
Buen dia, un gusto volver a saludarte, esperando te encuentres bien de salud y trabajo. El presente es para comentarte que el dia de ayer lunes la SCJN emitio un reporte donde dice que no se respetara la pension a los trabajadores que estamos en la generacion de transicion, este es el reporte: La SCJN recorta pensiones del IMSS; en riesgo, retiros de 25 salarios – See more at: http://www.uniradionoticias.com/noticias/mexico/412206/la-scjn-recorta-pensiones-del-imss-en-riesgo-retiros-de-25-salarios.html#sthash.Qk4mteBD.dpuf.
Yo entendi que no podremos hacer uso de la modalidad 40 a la que tenemos derecho o estoy equivocado?
Podrias ayudarnos a aclarar mas sobre este informe, para saber cuanto nos va afectar. En espera de tus comentarios, me despido de ti. Que tengas un excelente dia.
Saludos.
Buenas noches David/Mauricio Excelente la información que manejan y sobre todo magnifica herramienta para poder tener un estimado de pensión.
Me permito exponer mi situación y solicitarles sean tan amables de asesorarme.
En el reporte de semanas cotizadas me aparece un año con solo 9 semanas cotizadas, pero en realidad cotice todo el año. Tengo como evidencia mis recibo de pago y la hoja rosa sellada de recibido por el imss. Fui a la ventanilla correspondiente de la subdelegación pero la persona que me atendió me dijo textualmente “puedes tener tu alta pero si no tienes tu baja, las semanas no cuentan y los recibos de pago no me sirven”.
Solicite una revisión de mis semanas pero la persona se mantuvo firme en su declaración y me comento que podía quejarme en la delegación pero que difícilmente me reconocieran esas 43 semanas faltantes. El patrón con el que laboré ya tiene tiempo que cerro su empresa.
Pueden hacerme el favor de orientarme sobre que se puede hacer al respecto. En el mes de agosto de 2016 cumplo los 60 años, estoy cotizando en modalidad 40 pero me daré de baja por falta de fondos.
Les agradezco de antemano sus comentarios
ya me voy a jubilar, pero durante el último año y medio, trabajé para dos empresas diferentes una con un buen salario, pero la otra con un salario mucho mas bajo,¿estos salarios se suman o se duplican las semanas y se promedian los salarios?
Buenos días Mauricio. Ayer leí en el excelsiór una nota titulada: “La SCJN recorta pensiones del IMSS; en riesgo, retiros de 25 salarios mínimos”.
Dice que trabajadores con derecho a optar por la ley de 1973 perderán juicio si demandan al IMSS en busca de una jubilación mayor a diez salarios mínimos, debido a una jurisprudencia del máximo tribunal una jurisprudencia de la SCJN limita como máximo a diez salarios mínimos diarios las pensiones de los futuros jubilados que pretendan un mayor monto mediante un juicio contra el IMSS.
Mencionar que al elegir el régimen del 73, un trabajador, que gana más de 10 salarios mínimos diarios, tendrá que esperanzarse a que el trabajador del Instituto Mexicano del Seguro Social con el que inicie su jubilación calcule su pensión considerando su ingreso real, topado a 25 salarios mínimo.
Que Según el IMSS, todas las pensiones se calculan considerando el salario promedio de los trabajadores de las últimas 250 semanas de cotización, con un tope de 25 salarios mínimos. Pero que no obstante, se han registrado casos en los que el cálculo se hace con un tope inferior, de sólo 10 salarios mínimos. Y que en esta jurisprudencia se determina que al elegir el régimen del 73, el cálculo de la pensión debe apegarse a los artículos contenidos en la misma, por lo que el tope máximo que debe utilizarse para el cálculo de las pensiones debe ser de 10 salarios mínimos vigentes en la Ciudad de México.
Qué significa esto? Van a empezar a pagar topando a 10 y no a 25 como han estado haciendo? Por qué hay una jurisprudencia? Quiere decir que a unos les pagan topando a 10 y a otros a 25? Te agradezco mucho tu respuesta.
Hola buenas tardes, tengo 847 semanas cotizadas, incluyendo mi ultimo empleo donde he estado cotizando por aproximadamente 2 años, y mi edad es de 62 años 8 meses, mi pregunta es que me conviene mas y deje de trabajar por 7 años y me incorporé en el 2013 hasta la fecha.
Hola que tramites debo efectuar para inscribirme a la modalidad 40 .
Buenas tardes Mauricio. Durante los últimos cinco años coticé con diferentes salarios y ahora que ya quiero jubilarme necesito sacar el promedio de mi salario. Me puedes decir como lo saco? mis cotizaciones están así:
Del 01/09 a 11/12/2006 636.18
06/07 a 31/08/2007 69.68
01/09/2007 a 25/05/2009 150.46
01/03 a 12/04/2010 123.12
18/02/2014 a 18/05/2015 500.00
19/05/2015 a la fecha 1800.00
Estaré cotizando hasta el mes de agosto del 2016.
Saludos
Buenas tardes tenia 810 semanas cotizadas y 64 años dure sin cotizar en el imss 20 años ingrese a trabajar con un salario de $261 diarios por un año y medio ahora tengo 65 años y 880 semanas reconocidas ya me di de baja en mi trabajo y quiero entrar ala modalidad 40 que aportación debo dar para que mi pensión me quede en $7000 y por cuanto tiempo le agradeceré su respuesta y felicidades por su sitio que beneficia a muchas personas que siga teniendo éxito
Buenos días, Mauricio Priego:
Estoy buscando un asesor profesional en materia de jubilación para mi esposa y yo.
Ya hemos hecho cálculos y suposiciones y queremos confirmarlas con un experto.
¿Dan ustedes el servicio de asesoría?.
Gracias,
Mariano Puebla.
BUENAS TARDES ESTIMADOS AMIGOS:
DESEO SABER COMO SE OBTIENE EL SALARIO PROMEDIO CUANDO SE APLICA LA PORTABILIDAD IMSS/ISSSTE, YA QUE DE LOS ULTIMOS CINCO AÑOS CUATRO SE COTIZO PARA EL ISSSTE Y EL ULTIMO AÑO SE HIZO PARA EL IMSS
MUCHAS GRACIAS POR SU APOYO
SALUDOS
Antonio
La portabilidad de derechos entre IMSS e ISSSTE es solo para asegurados del ISSSTE bajo el régimen de cuentas individuales y para quienes cotizando al IMSS se pensionarán por la ley 97.
Precisamente el no poder sacar un salario promedio es una de tantas incompatibilidades que presentaría hacer uso de la portabilidad y querer pensionarse por alguno de los sistemas de reparto, 73 en el IMSS o 10o transitorio en el ISSSTE.
Saludos
Al día de hoy tengo 60 años, 8 meses y 15 días cumplidos. Precisamente hoy en el IMSS, intentaron entregarme mi Resolución de Pensión (Cesantía en Edad Avanzada), sin embargo, no la recibí, porque el porcentaje indicado es del 75% y no del 80%, ya que dicen que la regla de 6 meses más un día solo se aplica en la Pensión por Vejez. El IMSS me reconoce 1,145 semanas cotizada y un salario promedio de $ 1,106.60; mismos datos que accesé a su calculadora, así como a las de otros sitios, con mínimas diferencias; sin embargo, los datos presentados en la resolución varían considerablemente (alrededor de $2,500.00 mensuales menos) ¿considero que el IMSS no está haciendo correctamente los cálculos ¿Qué puedo hacer para rebatirles?
Buenas tardes, es posible pensionarse por IMSS e ISSTE, tenendo las semanas cotizadas necesarias en los 2 Institutos?
Hola :
Tengo una duda, mi sueldo se integra por un salario fijo mas comisiones mas prestaciones. Esto me da un salario diario integrado de alrededor de $1300.00 mi pregunta que si tomara como base para la pension el salario diario integrado o el sueldo base ??
Estimado Antonio: Tengo casi 69 años,los últimos años que coticé al IMSS lo hice con el mínimo(2011-2012, como verás muy mal asesorado), a la fecha tengo reconocidas 740 semanas, actualmente estoy en la modalidad 40 y en ésta, pagué en retroactivo el pago topado desde enero del 2013 a la fecha, y lo pienso seguir pagando hasta enero del 2018, mi pregunta es a cuanto puedo aspirar de pensión en ese momento, considerando que a esa fecha tendré casi 1000 semanas y el salario topado del 2013? Te agradezco tus comentarios, muchas gracias…Luis Antonio
Hola Buen día:
Tengo una duda, yo deje de trabajar en el 2005 y me corresponde la ley del 97, actualmente tengo 59 años y en mi ultimo trabajo estube 15 años consecutivos un total de 780 semanas cotizadas mas aparte las que tuve en mis otros trabajos, mi pregunta es ¿Puedo solicitar mi pensión?.
Les agradeceré mucho su apoyo.
Saludos,
hola marco, tengo muchas dudas, desde diciembre 1999 deje de trabajar normalmente, por liquidacion, desde ahi para aca he trabajado en algunas partes unas con imss y otras sln ello, el ultimo trabajo con imss fue en julio 2016 pero con salario minimo aprox 32 semanas, ¿ esto afectara mi pension? ya que cuando trabaje normalmente en aquellos tiempos ganaba aprox 5 salarios minimos, fui hoy a sacar mi constancia y dicen que tengo 933 semanas cotizadas pero que me faltan 10 para acompletar 52 ????? echame porfa la mano y me expliques porque no entiendo, mas que nada me interesa la mejor pension y que no me haya perjudicado lo del salario minimo ¿ QUE ME RECOMIENDAS? actualmente soy desempleado y tengo 56 cumplidos, desconozco modalidades
Marco: te comento que de acurdo con reporte de imss tengo cotizadas 1699 semanas y deje de laborar en septiembre de 2013, teniendo en los últimos 13 años salario topado, por lo que te quisiera conocer el monto de mi pensión a los 60 años considerando que en julio próximo los cumplo.
Por otra parte, estoy solicitando ayuda de desempleo en mi afore, sin embargo quisiera saber si afectaría mi pensión, dado que disminuirían las semanas de cotización.
Agradezco tu atención.
quiero saber si estoy cotizado desde 1984 si estoy en el régimen de la ley 73 a que edad puedo pensionarme y si tengo 1500 semanas cotizadas cual seria el monto de la pensión aproximadamente
gracias
Buenas tardes,
Al dia de hoy tengo 43 años y tengo 1026 semanas cotizadas menos “no se cuantas” por ayuda de desempleo, como tendria que ser mi vida laboral desde ahorita si quisiera alcanzar la maxima pension, deje de cotizar en Noviembre del 2015 y estoy por volver a cotizar, he escuchado que con salario topado pero aun no me queda claro desde cuando tendria que empezar a cotizar con el salario topado.
Gracias por su atencion.
Estimado Mauricio te envió un cordial saludo y te ruego si puedes ayudarme a calcular mi pension con los siguientes datos:
semanas cotizadas 1348
nací el 15/04/1956
Empece a cotizar en el año 1978
En el año 2012 cotice a 93.40
En el año 2013 cotice a 93.40
En el año 2014 Ene-jun 93.40
En el año 2014 10 de junio en adelante 1682.25
En el año 2015 1682.25
En el año 2016 1682.25
Me di de alta en la modalidad 40 y pague tres meses, pero me estoy dando cuenta que es muy probable que no tenga las 500 semanas cotizadas, en que me perjudica, no lo verifica primero el IMSS?
una persona que esta pensionada por el issste puede, pensionarse por el seguro social?
ya que esa persona cotizo desde 1974-1981 y se reactivo en el seguro del 2010 a la fecha
pertenece a la ley del 73
tengo 700 semanas cotizadas en el imss de 1986 a 2015. actualmente estoy trabajando pero bajo el régimen del issste. ¿ me conviene cotizar 5 años en modalidad 40 para pensionarme por el imss, o que me aconseja? ¿que es cotizar topado?
acabo de comprar e inicie los pagos en modalidad 40 con un salario base de 276.10 que me aconsejan hacer? ya que me han comentado que debi registrar un salario mas alto ya que tengo arriba de 800 semanas cotizadas.
Felicidades extraordinaria la forma de explicarlo, me es de mucha utilidad.
GRACIAS.
Hola me gustaria compartirles lo que yo hice para recuperar 9 años de semanas cotizadas que el imss “no encontraba” por medio de:
http://www.plataformadetransparencia.org.mx solicite al imss el desglose de todas mis altas y bajas durante mi vida laboral, anexando una lista de todos mis empleos y fechas de inicio y fin en cada uno.
10 dias!!!!! pasaron para que yo tuviera en mis manos absolutamente toda mi información completa en la mano y poderme pensionar en base a lo que por derecho me corresponda. Espero les sea de utilidad esta información. Saludos Cordiales.
hola, estoy por pensionarme, voy a cumplir 62 el 11 de julio, mi numero 7273551683 2 , tengo aproximadamente 34 años cotizados al imss, ,mis salarios de los últimos 5 años 173.98 de enero 2012 a oct.2012, 250.00 , de oct. 2012 a sept-2013 , 250.32 de sept-2013 a enero 2014, de 320.00 de feb. 2014 adic.2014, de 400.00 de enero2015 a dic. 2015, de 400.31 de enero 2016. a la fecha, continuo vigente, pueden decirme de cuanto seria aproximadamente mi mensualidad, y sus comentarios al respecto?, gracias. espero respuesta.
Hola ,cotize de octubre del 82 a octubre del 91 y quiero integrarme a modalidad 40 , tengo 57 años y me gustaria me ayudaras a desidir si trabajo 52 semanas para reactivar mis derechos con que salario me conviene trabajar estas 52 semanas y despues 4 años mas con que salario en modalidad 40 me recomiendas ,gracias