
Como cada año, les comparto las reglas del juego para recuperar impuestos a través de la deducción de gastos personales. Toda persona física, ya se trate de un asalariado, freelance, comerciante o emprendedor, tiene derecho a ello. Así que, ¡A sacarle jugo a nuestro derecho como contribuyentes!
¿Qué son los Gastos Personales?
Para quienes nos leen por primera vez, en México los ingresos (es decir, lo que ganas) generan un impuesto llamado Impuesto Sobre la Renta (o ISR), el cual puedes ver reflejado en tu recibo de nómina si eres asalariado, o lo pagas al fisco si tienes tu negocio o trabajas de forma independiente.
Ahora bien, la buena noticia es que el ISR puede verse disminuido por los gastos que realices según tu actividad económica.
Gastos Operativos
Son aquellos gastos que realizas para operar tu negocio o realizar los servicios que ofreces, como puede ser la gasolina de tu auto, la línea del celular o papelería en general.
Los gastos operativos se deducen cada mes durante la declaración informativa mensual, o cada bimestre si perteneces al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)
Nota importante: Este tipo de gastos no lo pueden deducir empleados asalariados.
Gastos Personales
Son gastos que realizas para tu beneficio personal o el de tu familia, como el pago a doctores o las colegiaturas de tus hijos.
Estos gastos se deducen cada año durante la declaración anual en el mes de abril.
Toda persona física, incluyendo a los empleados asalariados, pueden disfrutar de este beneficio, siempre que hayan pagado ISR al fisco o se los haya retenido su empleador.
Principales cambios para deducir gastos personales en 2020
Este año no hubo cambios respecto a los gastos en sí, como tampoco en lo relativo a las condiciones para poder deducirlos.
Gastos Deducibles 2020 para personas físicas
(Si recibes el artículo por correo, consúltalo en el blog para ver la presentación. Para ello sólo haz clic en esta liga)
Recuerda que para poder deducir cualquiera de estos gastos es necesario
- Que estés dado de alta ante el SAT con RFC completo (Si eres asalariado, puedes confirmarlo en el Centro de Contacto del SAT al 55-627-22-728)
- Solicitar factura electrónica cada vez que realices un gasto personal
- Cuidar que la factura cumpla con los requisitos según se indica en la presentación previa
- Pagar por medios electrónicos (transferencia bancaria o tarjetas de crédito o débito), o cheques a nombre del beneficiario
Comienza lo más pronto que puedas para que así, en abril de 2021, realices tu declaración anual incluyendo los gastos que hayas tenido a lo largo de este año, ¡y el SAT te devuelva el dinero que te corresponde!
¡Éxito!
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Referencias
- ¿Cómo puedo reducir el pago de impuestos de mi negocio? – PractiFinanzas
- La trampa de Deducir Aportaciones a tu Fondo de Ahorro para el Retiro – PractiFinanzas
- Reformas Fiscales Definitivas 2020 – PRODECON
- Portal del SAT sobre los gastos personales deducibles de impuestos – SAT
- Estímulo Fiscal para el Pago de Colegiaturas – SAT
- Directorio de organismos autorizados para recibir donaciones – SAT
- Criterios generales para identificación de productos y servicios – SAT
- Valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para 2020 – INEGI
Etiquetas: gastos deducibles, gastos personales, ley del isr, personas físicas.
Buenas noches, excelente artículo solo que tengo una duda si soy una persona que presto servicio por ejemplo de repartidor de comida y/o de mensajería ¿Que gastos puedo deducir según el RIF?